Términos en categorías de la jurisdicción de Panamá

Términos Generales

  • CSV: comma-separated values (valores separados por comas). Un archivo CSV es un tipo especial de archivo que puede crear o editar en Excel.
  • Marginal: que existe sobre la persona jurídica, finca o elemento registrado ante el Registro Público, una limitante ya sea de dominio (ej. hipoteca) o registral, que limite la posibilidad del dueño de un bien inmueble de disponer libremente del bien.
  • PEPs: Personas Expuestas Políticamente (Politically Exposed Persons). Se refiere a aquellas personas que, por lo general, son funcionarios públicos con jerarquía, manejo de personal y presupuesto, indistintamente si son cargos de elección popular o designaciones políticas.
  • Institución(es) Pública(s): significa cualquier institución u oficina estatal del gobierno de la República de Panamá (ej. Registro Público, Ministerio de Trabajo, etc.)

Registro Público

  • Acta fundacional: documento de incorporación de una Fundación de interés privado.
  • Agente residente: abogado o firma de abogados (sociedad civil) que tiene bajo su responsabilidad, la representación del agente registrado de la persona jurídica, según las leyes de la República de Panamá.
  • Apoderado: persona designada por una persona jurídica como su agente y representante para un caso puntual (ej. Poder Especial), o para asuntos generales (ej. Poder General de Administración). Según las leyes de la República de Panamá, el Poder se mantiene vigente hasta tanto sea cancelado por medio de otra Escritura Pública inscrita ante el Registro Público para estos propósitos.
  • Asiento electrónico: ver Documentos Digitales.
  • Capital: es el capital autorizado de la persona jurídica según su Pacto Social.
  • Consejo fundacional: organismo de administración de una fundación de interés privado. Según la Ley vigente, el consejo fundacional puede ser conformado por, como mínimo, una persona jurídica o tres personas naturales.
  • Director: persona, ya sea natural o jurídica, designada como director de una sociedad según la Ley 32 de 1927 de Sociedades Anónimas.
  • Dignatario: se refiere al cargo de presidente, vice-Presidente, secretario, tesorero o cualquier otro cargo de rango ejecutivo asociado a una persona jurídica.
  • Documentos escaneados: son los documentos originales objeto del trámite entregados por el presentante al Registro Público para su proceso.
  • Documentos digitales: son documentos electrónicos (“Asiento Electrónico”) que genera el Registro Público de Panamá sobre una entrada y que resume el trámite de que trata la misma.
  • Escritura pública: instrumento público que consiste en un documento (acta, contrato, documento privado) transcrito en papel especial utilizado para dar fe pública ante terceros sobre su contenido y que reposa en la Notaría Pública. Generalmente se utilizan para posteriormente inscribirlo en el Registro Público.
  • Folio: número identificador de una persona jurídica ante el Registro Público de Panamá; este número es idéntico al número de ficha en la tabla de información general.
  • Fundador: persona natural o jurídica que crea fundaciones de interés privado y que le aporta bienes a la mismas para que constituyan parte del patrimonio.
  • Notario público: persona designada por el Órgano Ejecutivo para dar fe pública de actos de comercio, entre otros; se encargan de la protocolización de documentos en Escritura Pública, las cuales generalmente se inscriben en el Registro Público.
  • Pacto social: documento de incorporación de una organización ante el Registro Público de Panamá, generalmente de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada.
  • Persona jurídica: vehículos legales comúnmente utilizados para llevar a cabo gestiones comerciales, manejo de patrimonio, entre otros. Algunos ejemplos más comunes son las sociedades anónimas, fundaciones de interés privado, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades civiles.
  • Persona natural: todos los individuos de la especie humana cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.
  • Presentante: persona que presenta un documento ante el Registro Público de Panamá para su trámite.
  • Representante legal: persona que tiene la “representación legal” de una sociedad anónima. Generalmente es el presidente, y en su ausencia, algún otro dignatario según lo indicado en el pacto social de la sociedad.
  • Registro Único de Contribuyente (RUC): identificador único tributario para aquella persona natural o jurídica inscrita como contribuyente ante la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
  • Suscriptor: persona natural o jurídica que suscribe el pacto social de una sociedad ante un Notario Público y solicita la protocolización del mismo a Escritura Pública para su posterior inscripción ante el Registro Público.
  • Tipos de estado de las sociedades en el Registro Público (los más comunes):
  1. Vigente: significa que la persona jurídica se encuentra activa y habilitada según el Registro Público de Panamá, para ejercer actos de comercio o bien, tramitar cualquier acto bajo el folio de la sociedad ante el Registro Público de Panamá.
  2. Suspendida: significa que la persona jurídica no cumple con alguna condición requerida por el Registro Público de Panamá para mantenerse activa o habilitada, la cual requiere ser corregida por los dueños de la misma. Algunas causas comunes por las que las personas jurídicas pasan al estado de suspendidas son por deudas de tasa única, renuncia del agente residente de la sociedad, entre otras.
  3. Disuelta: implica que la persona jurídica ha cesado operaciones o ha dejado de existir, lo cual ocurre a partir de la fecha en la que es inscrita la escritura pública por la cual se aprueba la disolución.
  • Vigencia: se refiere a la vigencia de la persona jurídica en el tiempo. En la mayoría de los casos, las personas jurídicas se mantienen activas en el tiempo hasta tanto sean disueltas por cualquiera de los motivos que aplican para ello, de allí el término "perpetua".

Bienes Inmuebles

  • Asamblea de propietarios: organismo colegiado compuesto por propietarios de unidades dentro del régimen de Propiedad Horizontal. Se compone de una junta directiva, el presidente y demás dignatarios designados por los propietarios de tiempo en tiempo mediante elecciones.
  • Código de ubicación: código identificador de una finca según su ubicación dentro de una provincia/distrito/corregimiento en la República de Panamá.
  • Finca: propiedad inmueble debidamente titulada e inscrita según el Registro Público de Panamá a favor de una persona natural o jurídica, debidamente identificable por el número de Folio Real, Código de Ubicación, Provincia, Distrito y Corregimiento correspondiente a donde esté ubicada.
  • Folio/Ficha: código identificador de una propiedad inmueble en el Registro Público de Panamá.
  • Propiedad Horizontal: se refiere a propiedades que han sido registradas bajo el régimen de Propiedades Horizontales (Ley 31 de 2010, y sus modificaciones). Generalmente es utilizado para organizar grupos de propietarios de propiedades ubicadas en urbanizaciones privadas, edificios, locales comerciales, entre otros. Cuentan con una asamblea de propietarios y un reglamento interno.
  • Propietario: titular legítimo de los derechos de propiedad sobre una finca o unidad dentro de una propiedad horizontal, según consta en el Registro Público de Panamá.
  • Provincia: se refiere a cada una de las diez (10) provincias que conforman las divisiones administrativas por la cual se organiza la República de Panamá.
  • Reglamento: documento aprobado por la Asamblea de Propietarios de una propiedad horizontal que generalmente dispone las reglas de convivencia de dicha propiedad, cuota de mantenimiento, servicios, designación de la Junta Directiva, entre otros. Es de obligatorio cumplimiento para todos los propietarios de fincas/propiedades asociadas al régimen de Propiedad Horizontal.
  • Valor Catastral: valor de la última transacción de traspaso realizada sobre la finca (inmueble) o el valor asociado durante un proceso de segregación de la propiedad.


Avisos de Operación

  • Actividad(es) Comercial(es): actividades de comercio que ejecutan laspersonas naturales o jurídicas bajo el Aviso de Operación.
  • Aviso de operación: tipo de licencia otorgada a los contribuyentes la cual es constancia de que puedan ejercer actividades de comercio en el territorio nacional.
  • Capital: cantidad de dinero que la persona (natural o jurídica) destina como inversión para una operación comercial. Esta cifra es para fines estadísticos y en pocos casos representa la cifra real de inversión.
  • Dirección: domicilio declarado en el Aviso de Operación como ubicación física del comercio.
  • Estado: se refiere al estado de vigencia del Aviso de Operación, validado según el sistema informático Panamá Emprende el cual es administrado por el Ministerio de Comercio e Industrias). Ese estado puede ser:
  1. Vigente: significa que el Aviso de Operación está habilitado para que el comercio que lo solicitó, continúe activo.
  2. Cancelado: significa que el Aviso de Operación está inhabilitado, por lo que la persona natural o jurídica no debe continuar ejerciendo actividades de comercio posterior a la fecha de cancelación, entendiéndose que sus actividades han sido cesadas.
  • Fecha de última actualización: última vez que la empresa gestionó algún cambio sobre el Aviso de Operación.
  • Inicio de operaciones: fecha de inicio del negocio.
  • Razón Social: nombre registral de la persona jurídica tal como consta inscrito en el Registro Público de Panamá.
  • Razón Comercial: nombre de la operación comercial (negocio), el cual puede ser distinto al nombre registral de la persona jurídica.
  • Representante Legal: es la persona que tiene la “representación legal” de una sociedad anónima. Generalmente, también firma los Avisos de Operación por parte de la empresa.

Marcas

  • Abogado/agente: persona natural o jurídica idónea para ejercer la profesión de la abogacía en Panamá, que es quien representa al titular de una marca en el proceso de solicitud y registro ante la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI).
  • Boletín: documento publicado por la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI) en el cual se incluyen todas las marcas que han pasado el examen del registrador, para que sean publicadas y oponibles ante terceros por un periodo de hasta dos (2) meses.
  • Clase internacional: para facilitar la estandarización por temas de comercio mundial, la Convención de Niza (de la cual Panamá es parte), dispone las categorías de productos y servicios que pueden ser asociados a marcas según su tipo. Para más información - https://www.wipo.int/classifications/nice/es/.
  • Estados de una marca:  
  1. Registrada: la marca se encuentra activa, y los derechos de exclusividad corresponden al titular de la marca.
  2. Caducada: la marca ha sido abandonada por el titular, es decir, no fue renovada y por ende se encuentra disponible.
  3. Cancelada: la marca ha sido cancelada por orden judicial.
  • Etiqueta: arte o diseño de la marca representado en una pequeña imagen conocida como etiqueta.
  • Fecha de renovación: fecha en la cual se debe renovar el registro de una marca, generalmente por periodos de diez (10) años para darle continuidad a su derecho de exclusividad sobre la misma por un periodo adicional.
  • Fecha de resolución: fecha indicada en la Resolución emitida por la DIGERPI.
  • Número de solicitud: número secuencial de trámite asignado por la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI) a una solicitud de registro de una marca.
  • Número de registro: número asignado por la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrail (DIGERPI) a una solicitud de registro de marca que haya sido aprobada mediante Resolución. Generalmente es el mismo que el número de solicitud, sin dependiendo de la antigüedad de la marca puede ser distinto.
  • Resolución: documento administrativo emitido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrail (DIGERPI), en el cual se aprueba o niega la solicitud de registro de una marca.
  • Titular: propietario de los derechos de registro de una marca.


Expedientes Judiciales

  • Corte Suprema de Justicia (CSJ): máximo tribunal del Órgano Judicial de Panamá dividido administrativamente en salas especializadas por materia judicial.
  • Fecha de reparto: fecha asignada por el sistema de Registro Único de Entrada (RUE) para el envío de los expedientes al tribunal competente correspondiente para que inicie su curso a través del Órgano Judicial.
  • Juzgado: cada uno de los tribunales de justicia inferiores o de primera instancia de la República de Panamá.
  • Partes: personas individuales, naturales o jurídicas involucradas en un proceso judicial ya sea como demandante o demandado.
  • Registro Único de Entrada (RUE): plataforma mediante la cual se ingresan y se gestionan los expedientes que cursan trámite por los diversos tribunales del Órgano Judicial de Panamá.
  • Tipos de Proceso: se refiere al tipo de proceso según la causa judicial. Como ejemplo, estos son algunos procesos que podrás encontrar en el buscador: - amparo de garantías constitucionales - apelación - aseguramiento de pruebas - diligencia exhibitoria - celebración de matrimonios - comunes - despido injustificado - delitos (penales) - contra el orden económico (blanqueo de capitales) - contra la administración pública - contra el patrimonio económico - contra la fe pública - financiero - desacatos - divorcio - exhorto - de medidas cautelares - simple - ejecución de sentencia - ejecutivo - hipotecario de bien mueble - mixto - simple - guarda y crianza -habeas data - impugnación de paternidad - interdicción -medida cautelar - personal - secuestro - medidas de protección - nulidad y cancelación de marginales del Registro Civil - nulidad y cancelación de registro de marca - oposición de registro de marca - oral - anulación y reposición de títulos comerciales o bonos del estado - ordinario - cuantía de US$1,000.01 a US$5,000.00 - cuantía mayor a US$1,000,000.00 - fallo de policía (tránsito) - responsabilidad civil - pensiones alimenticias - protección al consumidor - sumarias en averiguación - sumario - recurso de casación.
  • Tribunal: ver Juzgado. término generalmente utilizado para referirse a los tribunales de apelación o de última instancia administrativa, previo a someter el caso para consideración de la Corte Suprema de Justicia.


Licitaciones

  • Acto: número o código de la Licitación en el portal de la entidad PanamaCompra.
  • Condiciones generales: son las condiciones generales y documentos estándares que debe aportar el proponente para ser elegible a participar y ser seleccionado dentro del proceso de Licitación.
  • Dependencia: es la división administrativa de la entidad a cargo del proceso de compra del bien o servicio.
  • Entidad: institución pública del estado panameño que requiere la compra del bien o servicio objeto de la Licitación.
  • Fecha de publicación: fecha y hora desde la cual la Licitación se encuentra publicada y vigente en el sitio web de PanamaCompra, permitiendo a terceros consultar acerca de los términos y condiciones del negocio.
  • Fecha y hora de presentación de propuestas: fecha y hora límite para la presentación de propuestas para participar en el acto de Licitación.
  • Fecha y hora de apertura de propuestas: fecha y hora en la cual los representantes de la entidad, realizan la apertura, verificación y calificación de las propuestas debidamente ingresadas.
  • Fecha de subsanación: término de tiempo límite que tiene el proponente para subsanar algún elemento presentado de forma incorrecta o no presentado, sobre una propuesta ya ingresada.
  • Licitación: mecanismo regulado por Ley por el cual el Estado garantiza la compra y suministro de bienes y servicios a la persona natural o jurídica que reúna los requisitos para ofertar y que ofrezca condiciones más favorables para el Estado.
  • Pliego de cargos: documento que contiene (entre otros) los requisitos mínimos para poder participar de la Licitación y las condiciones / términos generales relacionados con la compra, suministro y pago del bien o servicio; el mismo es publicado junto con la licitación.
  • Precio de referencia: suma de dinero en dólares de los Estados Unidos de América, que la Entidad tiene presupuestado para pagar por el bien o servicio requerido.
  • Proponente: persona natural o jurídica que ha presentado una propuesta económica para consideración dentro de una Licitación.
  • Objeto de Compra: bien o un servicio de que se trata la compra por la cual se está llevando a cabo la Licitación.
  • PanamaCompra: entidad autónoma que tiene la facultad para regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los procedimientos de selección de contratista que realicen las instituciones estatales, sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República y a las políticas del Órgano Ejecutivo, para lo cual el enlace será el Ministerio de Economía y Finanzas. El sitio web es www.panamacompra.gob.pa
  • Subsanable / subsanación: posibilidad que tiene un proponente dentro de una Licitación luego de presentada su propuesta y transcurrida la fecha y hora de apertura de popuestas, para aportar o corregir cualquier documentación faltante en la propuesta presentada, siempre y cuando las condiciones especiales de la Licitación explícitamente lo permita.
  • Unidad de compra: se refiere a la oficina de la dependencia administrativa de la Entidad que ejecuta la administración interna del proceso de Licitación.

Naves

  • Bandera: bandera del país de registro del buque.
  • Escritura Pública: instrumento público oficial de la República de Panamá que consiste en papel especial habilitado por notario público, en el cual se protocolizan (transcriben) documentos privados a través de un notario público, de manera que sean registrables ante el Registro Público de Panamá y el Registro Público de Naves de Panamá.
  • Eslora: distancia entre los dos puntos más extremos de la nave (proa a popa).
  • Fecha de escritura: fecha de confección de la Escritura Pública por parte del Notario Público.
  • Fecha de Registro: fecha en la cual la Escritura Pública queda debidamente inscrita en el Registro Público de Naves de Panamá y desde la cual surte efecto el contenido de la misma.
  • Gravámen: es una limitante o marginal que pesa sobre una nave, cuyo título de propiedad se encuentra garantizando el cumplimiento de una o más obligaciones financieras por parte del deudor (generalmente, el propietario de la nave) a favor de uno o más acreedores.
  • Letras de radio: Call Sign. Es el código identificador que debe utilizar la nave para enviar y recibir transmisiones de radio, el cual es asignado por la Bandera.
  • Manga: ancho de la nave.
  • Notario público: personas naturales usualmente profesionales del derecho designadas por el gobierno panameño de forma quinquenal (por ciclo electoral) en las divisiones administrativas (provincia / circuito), investidos como agentes de fe pública para brindar legitimidad a actos y hechos ocurridos en la República de Panamá.
  • Número de escritura: número secuencial del documento de Escritura Pública que usualmente acompaña la fecha de la escritura. Cada notario público de circuito en la República de Panamá tiene su propia secuencia de números y fechas de escrituras por año calendario.
  • Patente: documento oficial otorgado al propietario de la nave el cual certifica que la nave se encuentra registrada en la República de Panamá y le permite a la nave, navegar por aguas nacionales y/o internacionales (dependiendo de su caso) por un periodo de tiempo fijo (hasta 5 años). Dicho documento oficial cuenta con un número identificador (ej. PEXT-.....).
  • Puntal: se refiere a la altura del casco de la nave.
  • Tipos de inscripción:
  1. Cancelada
  2. Inscripción Definitiva
  3. Inscripción Provisional
  • Tipo de patente:
  • Tonelaje bruto: volumen total de todos los espacios interiores de la nave.
  • Tonelaje neto: volumen total de todos los espacios destinados para cargamento en una nave.


Contraloría

  • Contraloría General de la República (CGR): organismo estatal de la República de Panamá que goza de cierta autonomía administrativa y cuyas funciones principales son la fiscalización, regulación y control de los movimientos de fondos públicos del estado panameño.
  • Días dentro de CGR: tiempo (en días) transcurrido desde que ingresó la solicitud de refrendo para evaluación y trámite de la CGR.
  • Días fuera de CGR: tiempo (en días) que el trámite de refrendo ha permanecido fuera de la CGR, en caso tal que la solicitud haya sido rechazada.
  • Estado de trámite: algunos estados son
  1. Archivado: la solicitud de refrendo no ha sido procesada, y el trámite ha sido archivado por la CGR.
  2. Rechazado: la solicitud de refrendo ha sido rechazada por la CGR.
  3. Refrendado: el desembolso ha sido autorizado por la CGR, y la Institución puede proceder con su pago al Favorecido.
  • Favorecido: beneficiario final del pago que realiza la Institución por la compra de un bien o servicio.
  • Fecha de entrada: fecha en la cual la CGR recibe la solicitud de refrendo y sus documentos por parte de la Institución.
  • Fecha de refrendo: fecha en la cual la CGR autoriza y refrenda la orden de compra.
  • Fecha de salida: fecha en la cual los documentos han sido despachados por la CGR de regreso a la institución.
  • Institución: oficina pública del estado panameño.
  • Refrendo: aprobación previa que otorga la CGR a una orden de compra de una Institución, que le permite a la Institución gestionar el pago de bienes o servicios.
  • Reingreso: supone que una solicitud de refrendo enviada por la institución a cargo, ha sido rechazada por algún motivo en la CGR y contabiliza la cantidad de veces que la institución ha enviado el trámite para reingreso en la CGR para solicitar su refrendo.
  • Número SCAFID: número de control e identificación de los trámites dentro de la CGR.


Planillas del Estado

  • Cargo: posición de un funcionario público en una institución del estado panameño.
  • Cédula: identificación de identidad y nacionalidad otorgada a los ciudadanos residentes de la República de Panamá.
  • Fecha de ingreso: fecha de inico de un funcionario público en un cargo de una institución del estado.
  • Fecha de salida: fecha en la cual el funcionario público cesa funciones en la institución del estado.
  • Funcionario público: persona que ejerce algún cargo permanente o eventual, en alguna institución de la República de Panamá y que consta en la planilla del estado.
  • Registro Único de Contribuyente (RUC): en el caso de Planillas del Estado, se refiere a la cédula del funcionario público.